La Federación Regionalista Verde de La Araucanía (FREVS), en el marco del Día Mundial del Medio Ambiente, entrega y sugiere 10 propuestas al Gobierno Regional y Delegación Presidencial, con tareas que también mandata la Ley Marco de Cambio Climático.

1. Fortalecer la capacidad técnica de los municipios para identificar, diseñar, gestionar y ejecutar proyectos de restauración de humedales y de otros sitios de significación ambiental para la población local. (FNDR).

2.- Desarrollar programa para restauración de bosques nativos en territorios devastados por incendios forestales del verano de 2023, incluyendo la creación de brigadas comunitarias y mapuche, capacitadas y con equipamiento.

3- Disponer recursos para iniciativas que combatan el cambio climático y resguardo de los reservorios de agua (Comisión de medio ambiente del CORE).

4- Promover legislación para un impuesto verde a la industria forestal por sus afectaciones negativas en cambio climático y crisis hídrica.

5- Implementar programa interministerial de restauración de ecosistemas con apoyo de organismos especializados, nacionales e internacionales, focalizado en humedales y otros sitios de valor ambiental.

6- Reactivar a la brevedad la Política Regional de Ordenamiento Territorial (PROT) para avanzar hacia un desarrollo sostenible de los territorios y en línea con sus vocaciones productivas.

7- Implementar el Comité Regional de Cambio Climático (CORECC).

8- Priorizar en el presupuesto del MINVU 2023 para la licitación del Estudio Plan Maestro Río Cautín incluyendo piloto de diseño participativo de infraestructura verde borde río Cautín.

9- Financiar, por parte del GORE, planes y programas de formación y educación ambiental con una política permanente para toda edad, con el objetivo de promover la recuperación, cuidado del medio ambiente y la generación de medidas de adaptación al cambio climático.

10. Impulsar, por parte del Gobernador y Delegado, que los alcaldes y municipios, implementen los planes de acción comunal de cambio climático (PLCC) para ejecutar medidas de adaptación, de acuerdo a lo establecido en la Ley Marco de Cambio Climático Párrafo IV, artículo 12 respecto a los instrumentos de gestión a nivel local.