Columna de Opinión de Alejandra Sepúlveda, Diputada FREVS por la región de O’Higgins.
En las últimas semanas hemos realizado un intenso debate sobre la ratificación del TPP11. En la vereda favorable al tratado varios progresistas como Ricardo Lagos Weber alegan que los que criticamos el pacto renegamos “políticas que fueron exitosas y que explican dónde estamos hoy en la inserción en el mundo con una economía sólida”. Pero el Senador malentiende la posición de los que estamos en contra del acuerdo.
Con la posibilidad de rechazar el TPP11 no está en juego la estrategia chilena de inserción a la economía global. Chile ya tiene tratados de libre comercio con todos los demás integrantes del pacto así que nuestras exportaciones seguirán con acceso preferencial a estos mercados, incluso si Chile sale del acuerdo. Quienes criticamos el proyecto lo hacemos precisamente porque sabemos que, con la salida chilena del TPP11, nuestra apertura a los mercados internacionales se mantendrá, pero además tendremos la posibilidad de mejorar los términos que la norman.
Rechazar el TPP11 nos permitirá reducir el poder actual del arbitraje internacional ad hoc, cuyo ámbito se extiende con dicho tratado. Este tipo de arbitraje permite que las transnacionales puedan demandar a los Estados si estiman que sus políticas regulatorias interfieren con las “expectativas razonables de inversión”. Los estudios más exhaustivos de todos los casos entre Estados e Inversionistas demuestran que los árbitros fallan con un sesgo a favor de las empresas transnacionales y en contra de los Estados que las tratan de regular. Entonces las reglas del comercio internacional también terminan sesgadas a favor de estas empresas, lo que explica la necesidad de rechazar los tratados con arbitraje para promover otro tipo de acuerdos.
En los más de 40 años de historia de este tipo de arbitraje la cantidad de casos ha aumentado exponencialmente, limitando cada vez más el espacio para hacer políticas públicas democráticas. Los defensores del tratado han hecho mucho énfasis en las excepciones y salvaguardias que se han insertado, que supuestamente protegen el ‘derecho a regular’. Pero, puesto que los árbitros están sesgados a favor de las empresas, el ‘derecho a regular’ de los Estados no está dentro de sus prioridades. Así, estos árbitros pueden decidir que una regulación no es una respuesta proporcional al problema público que la generó y así el ‘derecho de regular’ queda anulado, limitando la soberanía nacional.
Exactamente esto ocurrió en Techmed versus México (un caso de 2003 frente a los tribunales del CIADI – los mismos que verán las demandas del TPP11). El Estado decidió no renovar un permiso para la operación de una planta de tratamiento de desechos peligrosos, producto de los problemas de salud que causaba entre los vecinos. El tratado comercial España-México decía que el Estado sí podía hacer regulaciones “por causa de utilidad pública” y el tribunal explícitamente sopesó el ‘derecho a regular’ de México con la proporcionalidad de la medida. Los árbitros fallaron a favor de la empresa, aludiendo que la política no fue proporcional. Así México tuvo que pagar una indemnización millonaria por haber frenado la contaminación de una localidad con una regulación pública destinada a proteger la salud de sus ciudadanos. Todas las regulaciones previsionales, laborales o medioambientales podrían sufrir un desenlace similar.
Por casos como de este tipo, las Nacionales Unidas y la Comisión Europea, han criticado duramente a los árbitros, proponiendo su reemplazo con una corte permanente de jueces independientes y neutros, para regular mejor el comercio internacional. Chile podría ganar mucho más promoviendo esta forma alternativa de gobernar la economía internacional.